A muchos clientes les suele surgir la siguiente duda: “¿si vendo un piso y compro otro pago plusvalía?”. Es habitual que las personas que están pensando en vender una vivienda no tengan muy claro este aspecto. No obstante, aquí aclararemos todas esas dudas para tener toda la información al respecto.
Pero antes, nos gustaría definir qué entendemos por plusvalía en una operación de compra venta de una vivienda. Se trata del valor positivo diferencial entre el precio de compra de un inmueble y su precio de venta. En resumidas cuentas, es el beneficio que, en ocasiones, obtienen las personas que venden una vivienda.
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La ganancia patrimonial y el pago de impuestos
Cuando se produce una plusvalía en la venta de un bien inmueble o vivienda, el vendedor obtiene una ganancia patrimonial. Por este motivo, esta persona deberá pagar un impuesto por ese beneficio obtenido en la operación. Esto se debe a que la venta de una vivienda está sujeta al pago del IRPF por dicha ganancia patrimonial obtenida.
De esta manera si un piso te costó, por ejemplo, 200.000€ y lo vendes por 250.000€, tendrás una plusvalía de 50.000€. Esa cifra será la imputable, es decir, por la que deberás pagar una mayor cantidad de impuestos a Hacienda en tu próxima Declaración de la Renta.
No obstante, existe una manera de evitar pagar impuestos por dicha plusvalía, que es totalmente legal y válida. Es aquí donde podemos dar respuesta a la pregunta que nos hicimos inicialmente: ¿Si vendo un piso y compro otro, pago plusvalía?
¿Cómo evitar el pago de la plusvalía en la venta de un piso?
Si vendes un piso y compras otro, podrías evitar el pago de impuestos por la plusvalía en dos ocasiones:
- Si vendes tu vivienda habitual y reinviertes el dinero en la compra de una nueva vivienda habitual.
- O si vendes tu vivienda habitual y eres mayor de 65 años.
En el segundo caso, no será necesario cumplir ninguna otra condición, pero para el primer punto será necesario cumplir los requisitos que detallamos a continuación.
1. El piso vendido deberá ser tu vivienda habitual
Cuando hablamos de vivienda habitual nos referimos a aquella en la que podamos demostrar que hemos residido durante, al menos, tres años continuos.
2. El inmueble comprado deberá convertirse en tu nueva vivienda habitual
El nuevo piso o casa que compres, tendrá que ser tu nueva vivienda habitual. Esto quiere decir que deberá ser la vivienda que habitaremos frecuentemente. Es por ello que no podrás dedicar este inmueble a ninguna otra causa, por ejemplo, no podrás ponerlo en alquiler.
3. Deberás reinvertir el importe íntegro de la venta
Es obligatorio reinvertir el importe íntegro que obtuviste al vender tu vivienda habitual, para comprar la nueva. En caso de no reinvertir todo el importe, únicamente deberás pagar los impuestos por la cantidad restante que no has podido reinvertir de la plusvalía.
4. Deberás comprar la nueva vivienda habitual en los próximos 2 años
Tienes un plazo de dos años desde que vendes la vivienda para poder realizar la compra de tu nueva vivienda habitual. Es decir, para poder reinvertir el importe íntegro de la venta de tu vivienda habitual anterior.
Si aún te queda alguna duda sobre las plusvalías, te animamos a consultar este otro blog en el que detallamos las dudas más frecuentes relacionadas con las plusvalías municipales.