El mes pasado el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional el anterior impuesto de plusvalía. Se ha generado un gran revuelo con la nueva forma de calcular la plusvalía. Nuestra inmobiliaria en Sevilla se encarga de aclarar todas las dudas de este nuevo impuesto.
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¿Qué es la plusvalía municipal?
Hablamos de un impuesto municipal sobre el aumento de valor de los solares y terrenos urbanos. Es decir, hablamos de un impuesto que tributa el valor de los terrenos en la zona urbanística, se pone en marcha cuando se transmiten a otra persona a través de la venta o alquiler de estos.
¿Quién es el encargado de pagar este impuesto?
La plusvalía municipal se enfoca a los herederos, vendedores y beneficiarios de las donaciones de un determinado terreno urbano. Al vender un inmueble el propio vendedor debe pagar la plusvalía, en el caso de las donaciones debería pagarla el receptor del inmueble y si es a causa de una herencia, evidentemente son los herederos quienes pagan la plusvalía municipal.
¿Cuándo se debe pagar la plusvalía municipal?
Se debe contar desde el momento que se ha transmitido o vendido el inmueble. Este impuesto debe pagarse en un plazo que varía según como se ha producido la transmisión del inmueble.
- A causa de fallecimiento: Se disponen de 6 meses desde el fallecimiento de la persona que ha transmitido el inmueble. Este plazo puede prorrogarse hasta un año bajo solicitud.
- A causa de una venta o donación: Se disponen de 30 días hábiles desde el día siguiente a la firma de la escritura.
¿Qué implica el nuevo decreto de plusvalía municipal?
El Real Decreto-ley 26/2021, de 8 de noviembre, ha introducido una serie de novedades:
- Se tributarán las plusvalías en menos de un año.
- Estarán exentas aquellas personas que no hayan realizado un incremento entre precio de compra y el precio de venta.
- La persona que debe pagar este impuesto puede elegir entre dos opciones el método objetivo o la plusvalía real. El método objetivo se refiere al valor catastral, pero se sustituyen los porcentajes que se tenía en cuenta por los valores máximos en base a los años que han pasado desde la compra a la venta del inmueble. La plusvalía real hace referencia a la plusvalía del suelo, la diferencia entre el precio de la compra y la venta.
- Existe un plazo de 6 meses por parte de los ayuntamientos para actualizar la nueva normativa.
Conoce aquí, cómo presentar las autoliquidaciones.
¿Quién deberá pagar este nuevo impuesto?
Entran todos aquellos procedimientos firmados a partir del 10 de noviembre de 2021, también las firmadas antes de 26 de octubre de 2021 que se encuentren con la liquidación ya presentada y no impugnada y aquellas que cuenten con la sentencia firme
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